JUSTICIA UNIVERSAL
El Grupo Popular ha registrado una
proposición de ley para reformar el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial: los jueces españoles sólo podrán investigar delitos de genocidio o
lesa humanidad cuando la causa se dirija contra ciudadanos españoles o
extranjeros que residan habitualmente en España o cuya extradición hubiera sido
denegada. Aunque el título de mi artículo pueda parecer el de una de esas
películas americanas de explosiones -que jamás sería nominada a los premios
Goya dada su rentabilidad en taquilla-, lo cierto es que el principio de
Justicia Universal es una de las más hermosas utopías del Derecho Internacional.
Eso de que haya genocidas o delincuentes impunes gracias al poder que ostentan
u ostentaron en sus Estados, normalmente dictaduras, es injusto y repugna a la
Humanidad. Sin embargo, una cosa es que la Justicia pueda ser realmente universal
y otra muy distinta que su universalidad pueda canalizarse a través de los tribunales
de justicia de cualquier país juzgando a cualquier ciudadano del mundo. Así que
abracémonos a la hermosa utopía de una jurisdicción única mundial de un
Tribunal Internacional reconocido por todos los Estados; pero para eso todos
deben acatarlo. Sustituir esa verdadera justicia universal impartida por un
Tribunal reconocido por todos, y pretender homologarla con que el Tribunal de
un Estado se crea con derecho a juzgar cualquier asunto mundial es falaz. Al
menos, para eso, se requerirían unos estándares de “calidad democrática”, igualdad
y legislación básica que no se antojan como una utopía sino como un imposible. Si
la falta de reconocimiento por parte de muchos Estados de un Tribunal
Internacional se trata de paliar explorando el atajo de que sean los tribunales
de cada Estado, con sujeción a sus propias normas y leyes nacionales, los que
traten de impartir una suerte de justicia mundial, estamos perdidos. ¿Qué
podría pasar si a todos los países les da un ataque de celo quijotesco español?
¿Debe destinar uno de los poderes del Estado los recursos de sus nacionales a
juzgar la maldad de un chino en 1966 en el Tibet aunque no conste víctima
española en la causa?.
Las críticas de la oposición sobre la
modificación de la LOPJ se disfrazan de universalidad e internacionalismo igualitario
cuando más bien es todo lo contario: ombliguismo. La diferencia entre la
justicia impartida por Robin Hood y El Zorro de la impartida por un tribunal
es, entre otro millar de cosas, la delimitación de su ámbito legal. El PSOE ha
criticado la modificación -e incluso anuncia ir al Constitucional- olvidándose
de que en junio de 2009, con el presidente Zapatero en La Moncloa, se modificó
este mismo precepto para establecer las primeras limitaciones a una
jurisdicción universal, con ocasión de una petición diplomática de Israel para
acabar con la instrucción de un sumario por presuntos crímenes de guerra. Más
atrás aún (cuantos enemigos surgen por tener memoria) con el caso Pinochet
(1998) el ex presidente Felipe González confesó que se oponía a que se le
juzgara fuera de Chile porque creía en la territorialidad de la aplicación del
derecho penal. Pero aún sorprende más que sea la izquierda más radical del arco
parlamentario, como ERC y otros, los que nos hayan salido mucho más patriotas y
españoles que el PP para defender la notoriedad de un puñado de jueces en la
Audiencia Nacional; con un ardor no visto para reconocer los derechos
lingüísticos de los trabajadores castellanohablantes en Cataluña, por ejemplo. Al
menos, deberían exhibir sobre qué norma de derecho internacional ha obtenido la
Audiencia Nacional una especie de certificado de calidad ISO que indica su
superioridad sobre cualquier otra toga o puñeta del universo.
Pocas cosas hay que necesiten más orden,
organización y rigor en su delimitación que el Derecho y la función
jurisdiccional de los tribunales. En Derecho el trámite es proceso.
Prieto-Castro, maestro de maestros, catedrático de Derecho Procesal a muy
temprana edad en Zaragoza, fue en los años sesenta decano de la Facultad de
Derecho de la Universidad Complutense. Allá por el año 68, y ante una revuelta
estudiantil en la Facultad, acudió al epicentro de la protesta a preguntarle a
sus alumnos por qué protestaban. El enardecido alumnado le contestó que para
derribar a Franco, a lo que el decano contestó: “muy bien, pero eso lleva sus
trámites”. Que el trámite de la Audiencia Nacional, el orden en suma, se
delimite a su intervención en el caso de que las víctimas sean españolas o extranjeros
residentes parece lógico en Derecho, y no es un atentado contra la utopía de la
obtención de una justicia universal porque la justicia universal es otra cosa
distinta a que cada país haga lo que le venga en gana. La verdadera justicia
universal tal vez llegue algún día pero es una de esas utopías que como mínimo, y como diría Don Leonardo Prieto-Castro,
lleva sus trámites.
Víctor M. Serrano Entío. Abogado.
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